Si puedes, ya que los Recursos de Protección se presentan en la Corte de Apelaciones de Santiago, dado que las Isapres tienen su domicilio en la ciudad de Santiago. Por lo que no dudes en contactarnos para poder defenderte.

Igualmente existen alternativas que permiten impedir el Alza en tu Plan de Isapre. Para ello, contáctanos lo antes posible.

Es un documento por el cual las Isapres informan a los empleadores, la contratación o un cambio en el plan de salud que un trabajador contrate o tenga contratado con una Isapre.

En la actualidad las Isapres notifican a los empleadores mediante la entrega física de este formulario, para lo cual los empleadores deben firmar y timbrar en señal de recepción.

Es aquella acción que la Constitución concede a todas las personas que como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufren privación, perturbación o amenaza a sus derechos y garantías constitucionales.

Esta alternativa corresponde a aceptar el Alza de tu Plan de Isapre, pues si bien te ofrecen cambiar a uno con un costo similar, éste tendrá una menor cobertura en las prestaciones que tu plan actual.

En cambio, si interpones un Recurso de Protección, tu Isapre se verá en la obligación a mantener el mismo plan de salud que tenías con las mismas prestaciones y al mismo valor.

La carta de aviso con la variación de precios te debe llegar con a lo menos tres meses de anticipación, al vencimiento de su anualidad.

Puedes comunicarte a Defensa Contra Isapres y con nuestra asesoría, puedes interponer un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con el objetivo que ésta obligue a tu Isapre a mantener el valor actual de tu plan de salud y con las mismas prestaciones. Si no realizas el reclamo de esta Alza en tu Plan de Isapre, la ley da por entendido que la aceptas.

1. Debes tener la Carta de Adecuación o el Formulario Único de Notificación (FUN).

2. Contáctanos en un plazo menor a 30 días corridos desde que te llegó la comunicación del Alza de tu Plan de Salud.

Las Isapres no están facultadas para aumentar unilateralmente los precios base de los planes de salud, pues ello, implica una transgresión al contrato que usted suscribiste con la institución.

Por lo tanto, las Isapres sólo pueden modificar el plan de salud, por mutuo acuerdo o en casos muy excepcionales. Con todo, dicha modificación debe realizarse siempre bajo parámetros objetivos y con la correspondiente argumentación de las razones que la sustentan.

Bajo ningún punto de vista. Tu Isapre no puede sancionarte de manera alguna, por la interposición de un Recurso de Protección. De igual forma, tampoco pueden desafiliarte, toda vez que las causales son taxativas y están expresamente señaladas en la ley.

Tienes un plazo de 30 días corridos desde que han sido vulnerados tus derechos constitucionales. El plazo comenzará a regir desde que recibiste la Carta de Adecuación o el Formulario Único de Notificación en tu domicilio, enviado por la Isapre.

Nuestros servicios son completamente gratuitos para ti, esto se explica, porque en el proceso judicial, solicitamos a la Corte de Apelaciones respectiva que la Isapre sea condenada en costas, y es ella, la que paga nuestros servicios, una vez que ha sido vencida en juicio.

Puedes pedir una copia de la carta de adecuación en cualquier oficina comercial de tu Isapre o por medio de la página web de tu institución de salud. De todas formas, contáctanos a la brevedad, pues es altamente probable que podamos impedir el Alza en tu Plan de Isapre.

La dictación de la sentencia, por lo general, demora entre 1 a 3 meses. De todas maneras, se solicita una orden de no innovar, la que detiene el alza mientras el Recurso de Protección se está tramitando, dejando sin efecto las fechas señaladas en la carta de adecuación. Esto se pide junto a la presentación misma del recurso.

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